martes, 18 de julio de 2017

QUE ES UN SISTEMA OPERATIVO.

¿Que es un sistema operativo?

Un sistema operativo (SO o, frecuentemente, OS —del inglés operating system—) es el software principal o conjunto de programas de un sistema informático que gestiona los recursos de hardware y provee servicios a los programas de aplicación de software, ejecutándose en modo privilegiado respecto de los restantes (aunque puede que parte de él se ejecute en espacio de usuario).2
Nótese que es un error común muy extendido denominar al conjunto completo de herramientas sistema operativo,3​es decir, la inclusión en el mismo término de programas como el explorador de ficheros, el navegador web y todo tipo de herramientas que permiten la interacción con el sistema operativo. Otro ejemplo para comprender esta diferencia se encuentra en la plataforma Amiga, donde el entorno gráfico de usuario se distribuía por separado, de modo que, también podía reemplazarse por otro, como era el caso de directory Opus o incluso manejarlo arrancando con una línea de comandos y el sistema gráfico. De este modo, comenzaba a funcionar con el propio sistema operativo que llevaba incluido en una ROM, por lo que era cuestión del usuario decidir si necesitaba un entorno gráfico para manejar el sistema operativo o simplemente otra aplicación. Uno de los más prominentes ejemplos de esta diferencia, es el núcleo Linux, usado en las llamadas distribuciones Linux, ya que al estar también basadas en Unix, proporcionan un sistema de funcionamiento similar. Este error de precisión, se debe a la modernización de la informática llevada a cabo a finales de los 80, cuando la filosofía de estructura básica de funcionamiento de los grandes computadores4​ se rediseñó a fin de llevarla a los hogares y facilitar su uso, cambiando el concepto de computador multiusuario, (muchos usuarios al mismo tiempo) por un sistema monousuario (únicamente un usuario al mismo tiempo) más sencillo de gestionar.5​ Véase AmigaOS, beOS o Mac OS como los pioneros6​ de dicha modernización, cuando los Amiga fueron bautizados con el sobrenombre de Video Toasters7​ por su capacidad para la Edición de vídeo en entorno multitarea round robin, con gestión de miles de colores e interfaces intuitivos para diseño en 3D.
En ciertos textos, el sistema operativo es llamado indistintamente como núcleo o kernel, pero debe tenerse en cuenta que la diferencia entre kernel y sistema operativo solo es aplicable si el núcleo es monolítico, lo cual fue muy común entre los primeros sistemas. En caso contrario, es incorrecto llamar al sistema operativo núcleo.
Uno de los propósitos del sistema operativo que gestiona el núcleo intermediario consiste en gestionar los recursos de localización y protección de acceso del hardware, hecho que alivia a los programadores de aplicaciones de tener que tratar con estos detalles. La mayoría de aparatos electrónicos que utilizan microprocesadores para funcionar, llevan incorporado un sistema operativo (teléfonos móviles, reproductores de DVD, computadoras, radios, enrutadores, etc.). En cuyo caso, son manejados mediante una interfaz gráfica de usuario, un gestor de ventanas o un entorno de escritorio, si es un celular, mediante una consola o control remoto si es un DVD y, mediante una línea de comandos o navegador web si es un enrutador.


Sistemas con almacenamiento temporal de E/S

Los avances en el hardware crearon el soporte de interrupciones y posteriormente se llevó a cabo un intento de solución más avanzado: solapar la E/S de un trabajo con sus propios cálculos, por lo que se creó el sistema de búfers con el siguiente funcionamiento:
  • Un programa escribe su salida en un área de memoria (búfer 1).
  • El monitor residente inicia la salida desde el buffer y el programa de aplicación calcula depositando la salida en el buffer 2.
  • La salida desde el buffer 1 termina y el nuevo cálculo también.
  • Se inicia la salida desde el buffer 2 y otro nuevo cálculo dirige su salida al buffer 1.
  • El proceso se puede repetir de nuevo.
Los problemas surgen si hay muchas más operaciones de cálculo que de E/S (limitado por la CPU) o si por el contrario hay muchas más operaciones de E/S que de cálculo (limitado por la E/S).

Spoolers

Hace aparición el disco magnético con lo que surgen nuevas soluciones a los problemas de rendimiento. Se eliminan las cintas magnéticas para el volcado previo de los datos de dispositivos lentos y se sustituyen por discos (un disco puede simular varias cintas). Debido al solapamiento del cálculo de un trabajo con la E/S de otro trabajo se crean tablas en el disco para diferentes tareas, lo que se conoce como Spool (Simultaneous Peripherial Operation On-Line).

Sistemas operativos multiprogramados

Surge un nuevo avance: el hardware con protección de memoria, ofreciendo nuevas soluciones a los problemas de rendimiento:
  • Se solapa el cálculo de unos trabajos con la entrada/salida de otros trabajos.
  • Se pueden mantener en memoria varios programas.
  • Se asigna el uso de la CPU a los diferentes programas en memoria.
Con los cambios anteriores el monitor residente debe abordar nuevas tareas, naciendo los Sistemas Operativos multiprogramados con las siguientes funciones:
  • Administrar la memoria.
  • Gestionar el uso de la CPU (planificación).
  • Administrar el uso de los dispositivos de E/S.
Cuando desempeña esas tareas, el monitor residente se transforma en un sistema operativo multiprogramado.

Llamadas al sistema operativo

Definición breve: llamadas que ejecutan los programas de aplicación para pedir algún servicio al SO.
Cada SO implementa un conjunto propio de llamadas al sistema. Ese conjunto de llamadas es la interfaz del SO frente a las aplicaciones. Constituyen el lenguaje que deben usar las aplicaciones para comunicarse con el SO. Por ello si cambiamos de SO, y abrimos un programa diseñado para trabajar sobre el anterior, en general el programa no funcionará, a no ser que el nuevo SO tenga la misma interfaz. Para ello:
  • Las llamadas correspondientes deben tener el mismo formato.
  • Cada llamada al nuevo SO tiene que dar los mismos resultados que la correspondiente del anterior.

Modos de ejecución en un CPU

Las aplicaciones no deben poder usar todas las instrucciones de la CPU. No obstante el Sistema Operativo, tiene que poder utilizar todo el conjunto de instrucciones del CPU. Por ello, una CPU debe tener (al menos) dos modos de operación diferentes:
  • Modo usuario: el CPU podrá ejecutar sólo las instrucciones del juego restringido de las aplicaciones.
  • Modo supervisor: la CPU debe poder ejecutar el juego completo de instrucciones.

Llamadas al sistema

Una aplicación, normalmente no sabe dónde está situada la rutina de servicio de la llamada. Por lo que si ésta se codifica como una llamada de función, cualquier cambio en el S.O. haría que hubiera que reconstruir la aplicación.
Pero lo más importante es que una llamada de función no cambia el modo de ejecución de la CPU. Con lo que hay que conseguir llamar a la rutina de servicio, sin tener que conocer su ubicación, y hacer que se fuerce un cambio de modo de operación de la CPU en la llamada (y la recuperación del modo anterior en el retorno).
Esto se hace utilizando instrucciones máquina diseñadas específicamente para este cometido, distintas de las que se usan para las llamadas de función.

Bibliotecas de interfaz de llamadas al sistema

Las llamadas al sistema no siempre tienen una expresión sencilla en los lenguajes de alto nivel, por ello se crean las bibliotecas de interfaz, que son bibliotecas de funciones que pueden usarse para efectuar llamadas al sistema. Las hay para distintos lenguajes de programación.
La aplicación llama a una función de la biblioteca de interfaz (mediante una llamada normal) y esa función es la que realmente hace la llamada al sistema.

Interrupciones y excepciones

El SO ocupa una posición intermedia entre los programas de aplicación y el hardware. No se limita a utilizar el hardware a petición de las aplicaciones ya que hay situaciones en las que es el hardware el que necesita que se ejecute código del SO. En tales situaciones el hardware debe poder llamar al sistema, pudiendo deberse estas llamadas a dos condiciones:
  • Algún dispositivo de E/S necesita atención.
  • Se ha producido una situación de error al intentar ejecutar una instrucción del programa (normalmente de la aplicación).
En ambos casos, la acción realizada no está ordenada por el programa de aplicación, es decir, no figura en el programa.
Según los dos casos anteriores tenemos las interrupciones y las excepciones:
  • Interrupción: señal que envía un dispositivo de E/S a la CPU para indicar que la operación de la que se estaba ocupando, ya ha terminado.
  • Excepción: una situación de error detectada por la CPU mientras ejecutaba una instrucción, que requiere tratamiento por parte del SO.

Tratamiento de las interrupciones

Una interrupción se trata en todo caso, después de terminar la ejecución de la instrucción en curso.
El tratamiento depende de cuál sea el dispositivo de E/S que ha causado la interrupción, ante la cual debe poder identificar el dispositivo que la ha causado.
La ventaja de este procedimiento es que no se tiene que perder tiempo ejecutando continuamente rutinas para consultar el estado del periférico. El inconveniente es que el dispositivo debe tener los circuitos electrónicos necesarios para acceder al sistema de interrupciones del computador.

Importancia de las interrupciones

El mecanismo de tratamiento de las interrupciones permite al SO utilizar la CPU en servicio de una aplicación, mientras otra permanece a la espera de que concluya una operación en un dispositivo de E/S.
El hardware se encarga de avisar al SO cuando el dispositivo de E/S ha terminado y el SO puede intervenir entonces, si es conveniente, para hacer que el programa que estaba esperando por el dispositivo, se continúe ejecutando.
En ciertos intervalos de tiempo puede convenir no aceptar señales de interrupción. Por ello las interrupciones pueden inhibirse por programa (aunque esto ellas no deben poder hacerlo).
Un ejemplo de sincronismo por interrupción es el almacenamiento de caracteres introducidos mediante el teclado. Cuando se introduce un carácter, se codifica en el registro de datos del dispositivo y además se activa un bit del registro de estado quien crea una interrupción en el hardware. El procesador deja temporalmente la tarea que estaba completando y ejecuta la rutina de atención a la interrupción correspondiente. El teclado almacena el carácter en el vector de memoria intermedia (también llamado buffer) asociada al teclado y despierta el proceso que había en el estado de espera de la operación de entrada/salida.

Excepciones

Cuando la CPU intenta ejecutar una instrucción incorrectamente construida, la unidad de control lanza una excepción para permitir al SO ejecutar el tratamiento adecuado. Al contrario que en una interrupción, la instrucción en curso es abortada. Las excepciones al igual que las interrupciones deben estar identificadas.

Clases de excepciones

Las instrucciones de un programa pueden estar mal construidas por diversas razones:
  • El código de operación puede ser incorrecto.
  • Se intenta realizar alguna operación no definida, como dividir por cero.
  • La instrucción puede no estar permitida en el modo de ejecución actual.
  • La dirección de algún operando puede ser incorrecta o se intenta violar alguno de sus permisos de uso.

Importancia de las excepciones

El mecanismo de tratamiento de las excepciones es esencial para impedir, junto a los modos de ejecución de la CPU y los mecanismos de protección de la memoria, que las aplicaciones realicen operaciones que no les están permitidas. En cualquier caso, el tratamiento específico de una excepción lo realiza el SO.
Como en el caso de las interrupciones, el hardware se limita a dejar el control al SO, y éste es el que trata la situación como convenga.
Es bastante frecuente que el tratamiento de una excepción no retorne al programa que se estaba ejecutando cuando se produjo la excepción, sino que el SO aborte la ejecución de ese programa. Este factor depende de la pericia del programador para controlar la excepción adecuadamente.

Componentes de un sistema operativo

Componentes del Sistema Operativo.

Gestión de procesos

Un proceso es simplemente, un programa en ejecución que necesita recursos para realizar su tarea: tiempo de CPU, memoria, archivos y dispositivos de E/S. El SO es el responsable de lo siguiente:
  • Crear y destruir procesos.
  • Parar y reanudar procesos.
  • Ofrecer mecanismos para que los procesos puedan comunicarse y se sincronicen.
La gestión de procesos podría ser similar al trabajo de oficina. Se puede tener una lista de tareas a realizar y a estas fijarles prioridades alta, media, baja por ejemplo. Debemos comenzar haciendo las tareas de prioridad alta primero y cuando se terminen seguir con las de prioridad media y después las de baja. Una vez realizada la tarea se tacha.
Esto puede traer un problema que las tareas de baja prioridad pueden que nunca lleguen a ejecutarse y permanezcan en la lista para siempre. Para solucionar esto, se puede asignar alta prioridad a las tareas más antiguas.

Gestión de la memoria principal

La memoria es una gran tabla de palabras o bytes que se referencia cada una mediante una dirección única. Este almacén de datos de rápido acceso es compartido por la CPU y los dispositivos de E/S, es volátil y pierde su contenido ante fallos del sistema. El SO es el responsable de:
  • Conocer qué partes de la memoria están siendo utilizadas y por quién.
  • Decidir qué procesos se cargarán en memoria cuando haya espacio disponible.
  • Asignar y reclamar espacio de memoria cuando sea necesario.

Gestión del almacenamiento secundario

Un sistema de almacenamiento secundario es necesario, ya que la memoria principal (almacenamiento primario) es volátil y además muy pequeña para almacenar todos los programas y datos. También es necesario mantener los datos que no convenga mantener en la memoria principal. El SO se encarga de:
  • Planificar los discos.
  • Gestionar el espacio libre.
  • Asignar el almacenamiento.
  • Verificar que los datos se guarden en orden.

El sistema de entrada y salida

Consiste en un sistema de almacenamiento temporal (caché), una interfaz de manejadores de dispositivos y otra para dispositivos concretos. El sistema operativo debe gestionar el almacenamiento temporal de E/S y servir las interrupciones de los dispositivos de E/S.

Sistema de archivos

Los archivos son colecciones de información relacionada, definidas por sus creadores. Estos almacenan programas (en código fuente y objeto) y datos tales como imágenes, textos, información de bases de datos, etc. El SO es responsable de:
  • Construir, eliminar archivos y directorios.
  • Ofrecer funciones para manipular archivos y directorios.
  • Establecer la correspondencia entre archivos y unidades de almacenamiento.
  • Realizar copias de seguridad de archivos.
Existen diferentes sistemas de archivos, es decir, existen diferentes formas de organizar la información que se almacena en las memorias (normalmente discos) de los ordenadores. Por ejemplo, existen los sistemas de archivos FAT, FAT32, ext3, NTFS, XFS, etc.
Desde el punto de vista del usuario estas diferencias pueden parecer insignificantes a primera vista, sin embargo, existen diferencias muy importantes. Por ejemplo, los sistemas de ficheros FAT32 y NTFS, que se utilizan fundamentalmente en sistemas operativos de Microsoft, tienen una gran diferencia para un usuario que utilice una base de datos con bastante información ya que el tamaño máximo de un fichero con un sistema de archivos FAT32 está limitado a 4 gigabytes, sin embargo, en un sistema NTFS el tamaño es considerablemente mayor.

Sistemas de protección

Mecanismo que controla el acceso de los programas o los usuarios a los recursos del sistema. El SO se encarga de:
  • Distinguir entre uso autorizado y no autorizado.
  • Especificar los controles de seguridad a realizar.
  • Forzar el uso de estos mecanismos de protección.

Sistema de comunicaciones

Para mantener las comunicaciones con otros sistemas es necesario poder controlar el envío y recepción de información a través de las interfaces de red. También hay que crear y mantener puntos de comunicación que sirvan a las aplicaciones para enviar y recibir información, y crear y mantener conexiones virtuales entre aplicaciones que están ejecutándose localmente y otras que lo hacen remotamente.

Programas de sistema

Son aplicaciones de utilidad que se suministran con el SO pero no forman parte de él. Ofrecen un entorno útil para el desarrollo y ejecución de programas, siendo algunas de las tareas que realizan:
  • Manipulación y modificación de archivos.
  • Información del estado del sistema.
  • Soporte a lenguajes de programación.
  • Comunicaciones.

Gestor de recursos

Como gestor de recursos, el sistema operativo administra:
  • La unidad central de procesamiento (donde está alojado el microprocesador).
  • Los dispositivos de entrada y salida.
  • La memoria principal (o de acceso directo).
  • Los discos (o memoria secundaria).
  • Los procesos (o programas en ejecución).
  • Y en general todos los recursos del sistema.

Clasificación

Administración de tareas

  • Monotarea: Solamente permite ejecutar un proceso (aparte de los procesos del propio SO) en un momento dado. Una vez que empieza a ejecutar un proceso, continuará haciéndolo hasta su finalización y/o interrupción.
  • Multitarea: Es capaz de ejecutar varios procesos al mismo tiempo. Este tipo de SO normalmente asigna los recursos disponibles (CPU, memoria, periféricos) de forma alternada a los procesos que los solicitan, de manera que el usuario percibe que todos funcionan a la vez, de forma concurrente.

Administración de usuarios

  • Monousuario: Sólo permite ejecutar los programas de un usuario al mismo tiempo.
  • Multiusuario: Permite que varios usuarios ejecuten simultáneamente sus programas, accediendo a la vez a los recursos de la computadora. Normalmente estos sistemas operativos utilizan métodos de protección de datos, de manera que un programa no pueda usar o cambiar los datos de otro usuario.

Manejo de recursos

  • Centralizado: Permite usar los recursos de una sola computadora.
  • Distribuido: Permite utilizar los recursos (memoria, CPU, disco, periféricos...) de más de una computadora al mismo tiempo.

Ejemplos de sistemas operativos para PC

Ejemplos de sistemas operativos para dispositivos móviles



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IMAGENES ISO

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Una imagen ISO es un archivo informático donde se almacena una copia o imagen exacta de un sistema de archivos.
Se rige por el estándar ISO 9660, que le da nombre.
Algunos de los usos más comunes incluyen la distribución de sistemas operativos, por ejemplo: GNU/Linux, FISCH, BSD y Live CD.


Como usa el protocolo ISO 9660 o el protocolo Universal Disk Format (UDF), que es compatible con el ISO 9660, a la hora de distribuir por Internet es útil para archivos que necesitan evitar en la transferencia la pérdida de cualquier información o la modificación de la estructura original, necesaria muchas veces para el correcto funcionamiento del programa. Aunque la ISO 9660 lo establece como formato de "sólo lectura" es posible modificarlos con algunos programas.
Programas específicos de software libre para gestionar y crear archivos ISO son: K3b, InfraRecorder.
Entre otros programas comerciales destacan: CDBurnerXP, Easy CD Creator, ImgBurn, Nero Burning ROM, Roxio Creator, ISO Maker, UltraISO, Daemon Tools (el cual tiene versión gratis, y de pago).
Como es típico en imágenes de disco, los ficheros de datos que están contenidos en la imagen ISO, también contienen todos los metadatos del sistema de ficheros, incluyendo el código de arranque, estructuras y atributos. Toda esta información está contenida en un único fichero. Estas propiedades lo convierten en una alternativa más atrayente frente a otros medios, para la distribución de software que requiere esta información adicional, pues es fácil de obtener a través de Internet.
En vez de leer directamente del lector de disco óptico, las computadoras, dispositivos electrónicos y emuladores de consolas, tales como el ePSXe, y muchos otros aparatos que leen CD/DVD son capaces de leer y procesar ficheros ISO/BIN, y otros formatos similares. Se obtiene un rendimiento muy superior de lectura con el fichero ISO, pues no hay tiempos de espera para que el CD/DVD/UMD/BD recorra la superficie del disco ni necesita esperar a que se alcance la velocidad de rotación y frenada del disco, ni necesita lógicamente, esperar a la introducción o expulsión del disco óptico ni la velocidad de Entrada/Salida en el disco duro, siendo muchas veces superior a los lectores de discos ópticos.
La mayoría de los programas de grabación de CD/DVD consiguen reconocer y usar las imágenes de CD, posibilitando la copia de datos multimedia existentes o creando nuevas unidades a partir de ficheros existentes de archivos de software libre u otros.
Por ahora son raras las imágenes ISO de BD (Blu-ray Disc) y solamente unos pocos programas soportan las imágenes ISO de BD.
La mayoría de los sistemas operativos, incluyendo Mac OS, Mac OS X, BSD, GNU/Linux, y Windows con "Microsoft Virtual CD-ROM panel"1 permiten que esas imágenes sean montajes como si fuesen discos físicos, convirtiendo el formato de imagen ISO en herramienta útil como formato de almacenamiento universal.
Las imágenes ISO suelen ser grabadas en un disco óptico, CD o DVD, completamente en blanco; también pueden ser emuladas por una unidad virtual, para esto hay que usar un programa como DAEMON Tools, que cree la unidad virtual donde se va a montar la imagen; o son usadas desde un soporte USB si se copian adecuadamente o desde una tarjeta de memoria extraíble que es lo más habitual, por ejemplo, en los archivos ejecutados en teléfonos móviles y videoconsolas.

Formatos de imágenes ISO

Hay muchos formatos de imágenes ISO diferentes. Una imagen de disco óptico, por ejemplo, es un tipo de Imagen ISO de un disco óptico como son: CD, DVD, UMD, BD, etcétera. Una imagen de disco que contiene toda la información de un disco óptico y que comprende tanto la información real que necesitamos, como los datos sobre la estructura que esta información sigue en el dispositivo.
Los formatos de imágenes ISO más comunes son:
  • La extensión .ISO (como archivo.iso): es un solo archivo de todos los datos. Es el más habitual y el predeterminado.
  • Las extensiones .CUE y .BIN (como archivo.bin y archivo.cue): desarrollado por la empresa CDRWIN, codifica entre 2.048 ó 2.324 bytes por sector. El archivo .BIN guarda todos los datos, mientras que el .CUE describe los datos almacenados. A este último también se le conoce como cue sheet.

Otros formatos similares

  • NRG: es el formato del programa Nero Burning Rom.
  • CIF: es el formato del programa Adaptec Easy CD Creator.
  • CCD: es el formato del programa Clone CD
  • BWI: es el formato del programa BlindWrite.
  • MDF: es el formato del programa Alcohol 120%.
  • CSO: es el formato del programa Daxter Creator. También conocido como Imagen CISO o Compressed ISO.
  • UIF: es el formato del programa MagicISO. Es el acrónimo de Universal Image File.
  • ISZ: es el formato del programa UltraISO (ISo Zipped).
  • DAA: es el formato del programa PowerISO.
  • P2I: es el formato del programa Power2Go.
  • IMG: es el formato del programa ImgBurn.

martes, 4 de julio de 2017

10) CLASIFICACION DE LOS SISTEMAS OPERATIVOS.




-Clasificación de los sistemas operativos.

  •  Sistemas monousuario y Sistemas multiusuario. En los sistemas monousuario, solo un usuario puede trabajar con el sistema. En los sistemas multiusuario, varios usuarios pueden utilizar los recursos del sistema a la vez.

  • Sistemas monotarea y Sistemas multitarea. Los sistemas monotarea no pueden ejecutar mas de un programa a la vez, es decir, solo un programa puede ocupar el tiempo de respuesta del micro procesado. Los sistemas multitarea permiten al usuario ejecutar varios programas a la vez y con ellos el ordenador puede realizar varios procesos al mismo tiempo.

  • Sistemas monoproceso y Sistemas multiproceso. un-sistema operativo monoproceso es aquel que solamente es capaz de manejar un procesador de la computadora, de manera que si la computadora tuviese dos, uno de ellos le seria inútil. Los sistemas multiproceso están diseñados para trabajar con mas de un procesador y pueden distribuir entre ellos su carga de trabajo.

  • Sistemas de red y Sistemas mono-puesto. Un sistema operativo gestor de red esta diseñado  para ser instalado en un servidor de red.

  • Sistemas de software libre y sistemas de software propietario. Los sistemas que se engloban en la categoría de software libre permiten su libre distribución e instalación en los ordenadores. Además, los sistemas denominados abiertos permiten la modificación o ampliación de su software.

Sistemas de 16, 32 o 64 bits. Los sistemas operativos pueden estar diseñados para trabajar en microprocesadores de 16 , 32 y 64 bits.
 
 

CLASIFICACIÓN DE LOS SISTEMAS OPERATIVOS

Los sistemas operativos se pueden clasificar atendiendo a:
  • ADMINISTRACIÓN DE TAREAS:
    • MONOTAREA: los que permiten sólo ejecutar un programa a la vez
    • MULTITAREA: los que permiten ejecutar varias tareas o programas al mismo tiempo
  • ADMINISTRACIÓN DE USUARIOS
    • MONOUSUARIO: aquellos que sólo permiten trabajar a un usuario, como es el caso de los ordenadores personales
    • MULTIUSUARIO: los que permiten que varios usuarios ejecuten sus programas a la vez.
  • ORGANIZACIÓN INTERNA O ESTRUCTURA
    • Monolítico
    • Jerárquico
    • Cliente-servidor
  • MANEJO DE RECURSOS O ACCESO A SERVICIOS
    • CENTRALIZADOS: si permite utilizar los recursos de un solo ordenador
    • DISTRIBUIDOS: si permite utilizar los recursos (CPU, memoria, periféricos...) de más de un ordenador al mismo tiempo

EJEMPLOS DE SISTEMAS OPERATIVOS

Algunos sistemas operativos son:
  • DOS: Familia de sistemas operativos para PC. Sus siglas significan Disk Operating System. Fue creado para ordenadores IBM y fue muy popular. Carece de interfaz gráfica y no es multiusuario ni multitarea. Con la aparición del sistema operativo Windows fue rápidamente sustituido.
  • WINDOWS: Familia de sistemas operativos no libres desarrollados por la empresa Microsoft Corporation, que se basan en una interfaz gráfica que se caracteriza por la utilización de ventanas. La última versión es Windows XP en la que convergen las dos líneas de desarrollo que hasta entonces se mantenían de forma separada en otras versiones: versiones basadas en MS-DOS y versiones basadas en NT (Network Technology)
  • UNÍX: Familia de sistemas operativos que comparten unos criterios de diseño e interoperabilidad en común, que descienden de una primera implementación original de AT&T. Se trata de un sistema operativo portable, multitarea y multiusuario.
  • GNU/LINUX: Sistema operativo libre creado por Richard Stallman. Sistema operativo libre creado por Richard Stallman. GNU es un acrónimo que significa GNU no es Unix («GNU's Not Unix»). Un sistema operativo libre quiere decir que los códigos completos del sistema estarán disponibles para todo el mundo, sin tener que pagar por un programa. Como resultado, un usuario que necesita cambios en el sistema será siempre libre para hacerlos por sí mismo, o de contratar a cualquier programador o empresa disponible para hacerlos por él. Los usuarios no estarán ya a merced de un programador o una empresa que sea dueña de los códigos fuente y sea la única en posición de hacer cambios. Según su creador, R. Stallman, un software es libre si cumple estas condiciones:
      • Cualquiera tiene libertad para ejecutar el programa, con cualquier propósito
      • Cualquiera tiene libertad para modificar el programa para adaptarlo a sus necesidades. Y para ello, se debe tener acceso al código fuente, porque modificar un programa sin disponer del código fuente es extraordinariamente dificultoso.
      • Se tiene la libertad para redistribuir copias, tanto gratis como por un canon
      • Se tiene la libertad para distribuir versiones modificadas del programa, de tal manera que la comunidad pueda beneficiarse con sus mejoras.
 
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9) DESCRIBIR EL PERFIL DEL AUDITOR.

El Auditor Informático

El auditor informático
El auditor informático ha de velar por la correcta utilización de los amplios recursos que la empresa pone en juego para disponer de un eficiente y eficaz sistema de Información.
Características del auditor informático
1) Se deben poseer una mezcla de conocimientos de auditoría financiera y de informática en general. En el área informática, se debe tener conocimientos básicos de: Desarrollo de SI, Sistemas operativos, Telecomunicaciones, Administración de Bases de Datos, Redes locales, Seguridad física, Administración de Datos, Automatización de oficinas (ofimática), Comercio electrónico, de datos, etc.
2) Especialización en función de la importancia económica que tienen distintos componentes financieros dentro del entorno empresarial.

 3) Debe conocer técnicas de administración de empresas y de cambio, ya que las recomendaciones y soluciones que aporte deben estar alineadas a los objetivos de la empresa y a los recursos que se poseen.

4) Debe tener un enfoque de Calidad Total, lo cual hará que sus conclusiones y trabajo sean reconocidos como un elemento valioso dentro de la empresa y que los resultados sean aceptados en su totalidad.

Responsabilidades del auditor informático
1.      Verificación del control interno tanto de las aplicaciones como de los SI, periféricos, etc.
2.     Análisis de la administración de Sistemas de Información, desde un punto de vista de riesgo de seguridad, administración y efectividad de la administración.
3.      Análisis de la integridad, fiabilidad y certeza de la información a través del análisis de aplicaciones.
4.     Auditoría del riesgo operativo de los circuitos de información
5.     Análisis de la administración de los riesgos de la información y de la seguridad implícita.
6.     Verificación del nivel de continuidad de las operaciones.
7.      Análisis del Estado del Arte tecnológico de la instalación revisada y las consecuencias empresariales que un desfase tecnológico puede acarrear.
8.    Diagnóstico del grado de cobertura que dan las aplicaciones a las necesidades estratégicas y operativas de información de la empresa
9.     También el auditor informático es responsable de establecer los                 objetivos de control que reduzcan o eliminen la exposición al riesgo de control interno.
Principios éticos del auditor informático
Principio de beneficio del auditado
  • El auditor deberá conseguir la máxima eficiencia y rentabilidad de los
             medios informáticos de la empresa auditada
  • El auditor deberá evitar estar ligado a determinados intereses
Principio de calidad
  • El auditor deberá prestar servicios con los medios a su alcance
  • Libertad de utilización de los mismos
  • Condiciones técnicas adecuadas
Principio de capacidad
  • El auditor debe estar plenamente capacitado para la realización de la
            auditorıa encomendada
  • Debe ser plenamente consciente del alcance de sus conocimientos y de
            su capacidad y aptitud para desarrollar la auditoría (sobreestima o
            subestima)
Principio de cautela:
  • El auditor debe evitar que el auditado se embarque en proyectos de futuro fundamentados en intuiciones sobre la evolución de las nuevas tecnología de la información
 Principio de comportamiento profesional
  • Exige al auditor una seguridad en sus conocimientos técnicos y una clara
            percepción de sus carencias (acudiendo a expertos si necesario) dejando
            constancia de esa circunstancia y reflejando en forma diferenciada, en
            sus informes y dictámenes, las opiniones y conclusiones propias y las
            emitidas por los mismo
  • Debe guardar un escrupuloso respeto por la política de la empresa que
            audita
Principio de concentración en el trabajo
  • El auditor deberá evitar que un exceso de trabajo supere sus posibilidades de concentración y precisión en cada una de las tareas
  • Nunca copiar conclusiones de otros informes de auditorías pasadas por la acumulación de trabajo
Principio de confianza:
  • El auditor deberá facilitar e incrementar la confianza del auditado en base a una actuación de transparencia en su actividad profesional
Principio de criterio propio:
  • El auditor deberá actuar con criterio propio y no permitir que este este subordinado al de otros profesionales
Principio de discreción:
  • El auditor deberá mantener una cierta discreción en la divulgación de datos
Principio de economía:
  • El auditor debera proteger los derechos economicos del auditado evitando generar gastos innecesarios
Principio de formación continuada:
  • Impone al auditor la obligacion de estar en cont´ınua formación
 Principio de fortalecimiento y respeto a la profesión:
  • Los auditores han de cuidar del valor de trabajo realizado y de las conclusiones obtenidas
Principio de independencia:
  • El auditor debe exigir una total autónoma e independencia en su trabajo
Principio de información suficiente:
  • Obliga al auditor aportar en forma clara, precisa e inteligible para el auditado la información
Principio de integridad moral:
  • Obliga al auditor a ser honesto, leal y diligente en el desempeño de su misión, a ajustarse a las normas morales, de justicia y probidad, y a evitar participar en actos de corrupción personal o a terceras personas.
Principio de legalidad:
  •  El auditor deberá evitar utilizar sus conocimientos para facilitar, a los auditados o a terceras personas, la contravención de la legalidad vigente
Principio de libre competencia:
  •  Exige que el ejercicio de la profesión se realice en el marco de la libre competencia
Principio de no discriminación:
  • El auditor en su actuacion antes, durante y después de la auditoría, deberá evitar inducir, participar o aceptar situaciones discriminatorias de ningún tip0
Principio de no injerencia:
  • El auditor deberá evitar injerencias en los trabajos de otros profesionales, respetar su labor y eludir hacer comentarios que pudieran interpretarse como despreciativos de la misma o provocar cierto desprestigio de su calificación profesional
Principio de precisión:
  • Exige del auditor la no conclusion de su trabajo hasta estar convencido de la viabilidad de sus propuestas
Principio de secreto profesional:
  • La confidencia y la confianza son características esenciales de las relaciones entre el auditor y el auditado, e imponen al primero la obligación de guardar en secreto los hechos e informaciones que conozca en el ejercicio de su actividad profesional
Principio de veracidad:
  • El auditor en sus comunicaciones con el auditado deberá tener siempre presente la obligación de asegurar la veracidad de sus manifestaciones con los límites impuestos por los deberes de respeto, corrección y secreto
Principio de servicio público:
  • Incitar al auditor a hacer lo que esté en su mano y sin perjuicio de los intereses de su cliente, para evitar daños sociales como los que pueden producirse en los casos en que, durante la ejecución de la auditoría, descubra elementos de software dañinos (virus) que puedan propagarse a otros sistemas informáticos diferentes al auditado.

UNIDAD DIDÁCTICA 8 . PLANES DE AUDITORÍA

Describir los objetivos de los planes de auditoría.
 
 La Auditoría Informática es un proceso llevado a cabo por profesionales especialmente capacitados para el efecto, y que consiste en recoger, agrupar y evaluar evidencias para determinar si un Sistema de Información salvaguarda el activo empresarial, mantiene la integridad de los datos ya que esta lleva a cabo eficazmente los fines de la organización, utiliza eficientemente los recursos, cumple con las leyes y regulaciones establecidas.
Permiten detectar de Forma Sistemática el uso de los recursos y los flujos de información dentro de una Organización y determinar qué Información es crítica para el cumplimiento de su Misión y Objetivos, identificando necesidades, falsedades, costes, valor y barreras, que obstaculizan flujos de información eficientes. En si la auditoría informática tiene 2 tipos las cuales son:
AUDITORIA INTERNA: Es aquella que se hace desde dentro de la empresa; sin contratar a personas ajena, en el cual los empleados realizan esta auditoría trabajan ya sea para la empresa que fueron contratados o simplemente algún afiliado a esta.
AUDITORIA EXTERNA: Como su nombre lo dice es aquella en la cual la empresa contrata a personas de afuera para que haga la auditoría en su empresa. Auditar consiste principalmente en estudiar los mecanismos de control que están implantados en una empresa u organización, determinando si los mismos son adecuados y cumplen unos determinados objetivos o estrategias, estableciendo los cambios que se deberían realizar para la consecución de los mismos.
Los mecanismos de control pueden ser en el área de Informática son:
  • Directivos
  • Preventivos
  • Detección
  • Correctivos
  • Recuperación
  • Contigencia

Los mecanismos de control pueden ser directivos, preventivos, de detección, correctivos o de recuperación ante una contingencia.
Los objetivos de la auditoría Informática son:
  • El análisis de la eficiencia de los Sistemas Informáticos
  • La verificación del cumplimiento de la Normativa en este ámbito
  • La revisión de la eficaz gestión de los recursos informáticos.
También existen otros tipos de auditoría:
  • Auditoría operacional: se refiere a la revisión de la operación de una empresa y juzga la eficiencia de la misma.
  • Auditoría administrativa: se refiere a la organización y eficiencia de la estructura del personal con la que cuenta el personal y los procesos administrativos en que actúa dicho personal.
  • Auditoría social: se refiere a la revisión del entorno social en que se ubica y desarrolla una empresa, con el fin de valorar aspectos externos e internos que interfieren en la productividad de la misma.
Sus beneficios son:
  • Mejora la imagen pública.
  • Confianza en los usuarios sobre la seguridad y control de los servicios de TI.
  • Optimiza las relaciones internas y del clima de trabajo.
  • Disminuye los costos de la mala calidad (reprocesos, rechazos, reclamos, entre otros).
  • Genera un balance de los riesgos en TI.
  • Realiza un control de la inversión en un entorno de TI, a menudo impredecible.
La auditoría informática sirve para mejorar ciertas características en la empresa como:
* Desempeño
  • Fiabilidad
  • Eficacia
  • Rentabilidad
  • Seguridad
  • Privacidad
Generalmente se puede desarrollar en alguna o combinación de las siguientes áreas:
* Gobierno corporativo
  • Administración del Ciclo de vida de los sistemas
  • Servicios de Entrega y Soporte
  • Protección y Seguridad
  • Planes de continuidad y Recuperación de desastres
La necesidad de contar con lineamientos y herramientas estándar para el ejercicio de la auditoría informática ha promovido la creación y desarrollo de mejores prácticas como COBIT, COSO e ITIL.
Actualmente la certificación de ISACA para ser CISA Certified Information Systems Auditor es una de las más reconocidas y avaladas por los estándares internacionales ya que el proceso de selección consta de un examen inicial bastante extenso y la necesidad de mantenerse actualizado acumulando horas (puntos) para no perder la certificación.


Tipos de Auditoría Informática

Dentro de la auditoría informática destacan los siguientes tipos (entre otros):
  • Auditoría de la gestión: la contratación de bienes y servicios, documentación de los programas, etc.
  • Auditoría legal del Reglamento de Protección de Datos: Cumplimiento legal de las medidas de seguridad exigidas por el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica de Protección de Datos.
  • Auditoría de los datos: Clasificación de los datos, estudio de las aplicaciones y análisis de los flujogramas.
  • Auditoría de las bases de datos: Controles de acceso, de actualización, de integridad y calidad de los datos.
  • Auditoría de la seguridad: Referidos a datos e información verificando disponibilidad, integridad, confidencialidad, autenticación y no repudio.
  • Auditoría de la seguridad física: Referido a la ubicación de la organización, evitando ubicaciones de riesgo, y en algunos casos no revelando la situación física de esta. También está referida a las protecciones externas (arcos de seguridad, CCTV, vigilantes, etc.) y protecciones del entorno.
  • Auditoría de la seguridad lógica: Comprende los métodos de autenticación de los sistemas de información.
  • Auditoría de las comunicaciones. Se refiere a la auditoría de los procesos de autenticación en los sistemas de comunicación.
  • Auditoría de la seguridad en producción: Frente a errores, accidentes y fraudes.
Importancia de la Auditoría Informática ahora
La auditoría permite a través de una revisión independiente, la evaluación de actividades, funciones específicas, resultados u operaciones de una organización, con el fin de evaluar su correcta realización. Este autor hace énfasis en la revisión independiente, debido a que el auditor debe mantener independencia mental, profesional y laboral para evitar cualquier tipo de influencia en los resultados de la misma.
la técnica de la auditoría, siendo por tanto aceptables equipos multidisciplinarios formados por titulados en Ingeniería Informática e Ingeniería Técnica en Informática y licenciados en derecho especializados en el mundo de la auditoría.

Principales pruebas y herramientas para efectuar una auditoría informática

En la realización de una auditoría informática el auditor puede realizar las siguientes pruebas:
  • Pruebas sustantivas: Verifican el grado de confiabilidad del SI del organismo. Se suelen obtener mediante observación, cálculos, muestreos, entrevistas, técnicas de examen analítico, revisiones y conciliaciones. Verifican asimismo la exactitud, integridad y validez de la información.
  • Pruebas de cumplimiento: Verifican el grado de cumplimiento de lo revelado mediante el análisis de la muestra. Proporciona evidencias de que los controles claves existen y que son aplicables efectiva y uniformemente.

Áreas a auditar en informática

Las áreas a auditar en donde se puede realizar la auditoría informática, puede ser:
  • A toda la entidad
  • A una función
  • A una subfuncion
Se pueden aplicar los siguientes tipos de auditoría:
  • Auditoría al ciclo de vida del desarrollo de un sistema
  • Auditoría a un sistema en operación
  • Auditoría a controles generales (gestión)
  • Auditoría a la administración de la función informática
  • Auditoría a microcomputadoras aisladas
  • Auditoría a redes
Las principales herramientas de las que dispone un auditor informático son:
  • Observación
  • Realización de cuestionarios
  • Entrevistas a auditados y no auditados
  • Muestreo estadístico
  • Flujogramas
  • Listas de chequeo
  • Mapas conceptuales

Metodologías para Auditoría Informática

La auditoría informática es una parte fundamental de la Seguridad Computacional que permite medir y controlar riesgos informáticos que pueden ser aprovechados por personas o sistemas ajenos a nuestra organización o que no deben tener acceso a nuestros datos.
En este sentido, identificar los riesgos de manera oportuna ayudará a implementar de manera preventiva, las medidas de seguridad. Para facilitar esta actividad, existen diferentes metodologías que ayudan en el proceso de revisión de riesgos informáticos. Dos de las más utilizadas son Octave y Magerit.

Octave

La metodología Octave es una evaluación que se basa en riesgos y planeación técnica de seguridad computacional. Es un proceso interno de la organización, significa que las personas de la empresa tienen la responsabilidad de establecer la estrategia de seguridad una vez que se realice dicha evaluación, y es precisamente lo interesante de esta metodología que la evaluación se basa en el conocimiento del personal de la empresa para capturar el estado actual de la seguridad. De esta manera es más fácil determinar los riesgos críticos.
A diferencia de las evaluaciones típicas enfocadas en la tecnología, OCTAVE está dirigida a riesgos organizacionales y está enfocada en temas estratégicos relacionados con la práctica, es flexible y puede aplicarse a la medida para la mayoría de las organizaciones.1
En esta revisión es necesario que las empresas manejen el proceso de la evaluación y tomen las decisiones para proteger la información. El equipo de análisis, integrado por personas de los departamentos de TI, de negocios, etc, lleva a cabo la evaluación, debido a que todas las perspectivas son cruciales para controlar los riesgos de seguridad computacional.

Magerit - Metodología de Análisis y Gestión de Riesgos de los Sistemas de Información

La metodología Magerit fue desarrollada en España debido al rápido crecimiento de las tecnologías de información con la finalidad de hacerle frente a los diversos riesgos relacionados con la seguridad informática.
La CSAE (Consejo Superior de Administración Electrónica) promueve la utilización de esta metodología como respuesta a la creciente dependencia de las empresas para lograr sus objetivos de servicio.
“Las fases que contempla el modelo MAGERIT son:
1.   Planificación del Proyecto.- establece el marco general de referencia para el proyecto.
2.    Análisis de Riesgos.- permite determinar cómo es, cuánto vale y cómo están protegidos los activos.
3.   Gestión de Riesgos.- permite la selección e implantación de salvaguardas para conocer, prevenir, impedir, reducir o controlar los riesgos identificados”.
Al aplicar esta metodología se conocerá el nivel de riesgo actual de los activos, y por lo tanto se podrá mejorar las aplicaciones de salvaguardas y se podrá conocer el riesgo reducido o residual.
La razón de ser de MAGERIT está directamente relacionada con la generalización del uso de los medios electrónicos, informáticos y telemáticos, que supone unos beneficios evidentes para los ciudadanos, pero que también da lugar a ciertos riesgos que deben minimizarse con medidas de seguridad que garanticen la autenticación, confidencialidad, integridad y disponibilidad de los sistemas de información y generan confianza cuando se utilicen tales medios.2

UNIDAD DIDÁCTICA 7 . LEGISLACIÓN VIGENTE.

Conocer las Leyes vigentes relacionadas con el tratamiento de datos

EL DERECHO A LA PROTECCION DE DATOS PERSONALES

EL DERECHO A LA PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES
Los datos de toda persona deben ser objeto de protección para que éstos puedan ser tratados o elaborados, y finalmente ser convertidos en información, y en consecuencia, sólo ser utilizados para los fines y por las personas autorizadas.
La protección de datos personales se ubica dentro del campo de estudio del Derecho Informático. Se trata de la garantía o la facultad de control de la propia información frente a su tratamiento automatizado o no, es decir, no sólo a aquella información albergada en sistemas computacionales, sino en cualquier soporte que permita su utilización: almacenamiento, organización y acceso.
Para propósitos de su definición también se recurre a la formulada por Hondius, quien señala que la protección de datos es "aquella parte de la legislación que protege el derecho fundamental de la libertad, en particular el derecho individual a la intimidad, respecto del procesamiento manual o automático de datos".
Antes de teorizar respecto del uso de la información, es necesario definir lo que se entiende por resguardo de datos personales. Una de las definiciones más acertadas es la que aporta Ana Garriga, quien señala: “Entendemos por protección de datos personales el estatuto jurídico destinado a definir las condiciones sobre las cuales terceros podrán hacer uso de datos que conciernen a una persona. Ello principalmente porque un mal uso de dichos datos puede afectar su entorno personal, social o profesional desde las esferas más públicas de su persona y hasta los límites de su intimidad. De esta definición resulta necesario clarificar que la protección de datos no persigue abstraer del conocimiento público la información de una persona, sino dotarla de los medios necesarios para controlar quién, cómo, dónde y con qué motivo conoce cualquier información acerca de su persona, sea ésta calificable como íntima o no, pública o secreta”.
Con base en lo anterior, conviene estudiar la protección de datos, desde el primer desafío de las nuevas tecnologías de la información con respecto a la recolección, procesamiento y transmisión de datos personales. Dentro de esta base, el concepto de la intimidad, en el contexto de la sociedad computarizada, concede derechos a los individuos respecto de sus datos personales que son objeto de tratamiento automatizado, e impone obligaciones y deberes de aquellos que controlan y tienen acceso a los ficheros.
Para lo cual, atendiendo al interés de proteger la veracidad de los datos y el uso que de ellos se hace, para muchos no está relacionado necesariamente con la protección a la intimidad. Sin embargo, el derecho a la protección de datos refleja más que una idea individualista de protección a la intimidad, puesto que engloba los intereses de grupo contra el procesamiento, almacenamiento y recolección de información.
Así, la intimidad más que un estado de auto confinamiento supone una determinada calidad de la relación con los otros. Por lo que se trata de una condición o calidad social de la persona, objeto de tutela constitucional en la medida en que ésta puede tener legítimo derecho a no revelar a los demás determinados aspectos de sus relaciones con otras personas, y que el titular del derecho juzga deben permanecer en un plano reservado o privado. Dicha facultad de elección de la persona sobre la revelación o no de informaciones que le conciernen constituyen el núcleo de la autodeterminación informativa.
Esto es, a partir de la era tecnológica, a cada individuo le corresponde conocer cuál será el uso de los datos personales inscritos en ficheros, que puedan ser objeto de un tratamiento automatizado, y podrá exigir que su almacenamiento y control sea adecuado para que no se vea vulnerado en su libertad y su dignidad.
En tal virtud, a consecuencia de que el fenómeno de la informática ha constituido una revolución en el ámbito de los métodos tradicionales para la organización, registro y utilización de informaciones, la dimensión cuantitativa de las informaciones que pueden ser almacenadas y transmitidas es de tal magnitud que ha dado lugar a un auténtico cambio cualitativo, que obliga a considerar el problema de las relaciones entre intimidad e información bajo un nuevo prisma.
AUTODETERMINACIÓN INFORMATIVA
La autodeterminación informativa es un derecho fundamental derivado del derecho a la privacidad, que se concreta en la facultad de toda persona para ejercer control sobre la información personal que le concierne, contenida en registros públicos o privados, especialmente (pero no exclusivamente) los almacenados en medios informáticos.
El derecho sustantivo a la autodeterminación informativa se ve complementado, en el plano procesal, por el llamado recurso de hábeas data.
HABEAS DATA
Habeas data es el derecho, en ejercicio de una acción constitucional o legal, que tiene cualquier persona que figura en un registro o banco de datos, de acceder a tal registro para conocer qué información existe sobre su persona, y de solicitar la corrección de esa información si le causara algún perjuicio.
Este derecho se fue expandiendo y comenzó a ser reglamentado tanto por leyes de habeas data como por normas de protección de datos personales.
LOS DATOS PERSONALES.
Los datos personales permiten identificar a una persona.
El nombre, los apellidos, la fecha de nacimiento, la dirección postal o la dirección de correo electrónico, el número de teléfono, el número de identificación fiscal, el número de matrícula del coche, la huella digital, el ADN, una fotografía, el número de seguridad social, ... son datos que identifican a una persona, ya sea directa o indirectamente.
Es habitual que prácticamente para cualquier actividad sea necesario que los datos personales se recojan y utilicen en la vida cotidiana.
Una persona facilita sus datos personales cuando abre una cuenta en el banco, cuando se matricula en un curso de idiomas, cuando se apunta al gimnasio, cuando solicita participar en un concurso, cuando reserva un vuelo o un hotel, cuando pide hora para una consulta médica, cuando busca trabajo, cada vez que efectúa un pago con su tarjeta de crédito, cuando navega por Internet ..... Son múltiples los rastros de datos que se dejan a menudo en todas estas gestiones.
Existen al menos dos grandes clasificaciones de datos: los sensibles y los no sensibles. Los primeros se refieren a las características físicas o morales de las personas o a hechos o circunstancias de su vida privada o intimidad, como los hábitos personales, el origen racial, las ideologías y opiniones políticas, las creencias o convicciones religiosas, el estado de salud física y psíquica, y la vida sexual. Los segundos son aquellos datos vinculados a asuntos económicos y comerciales; estos últimos, además, se distinguen entre los relativos a personas naturales y personas jurídicas.
LOS DATOS SENSIBLES.
Se consideran datos sensibles aquellos datos referidos a ideología, creencias, religión, afiliación sindical, salud, origen racial o vida sexual de las personas.
Como norma general los datos de ideología, creencias, religión o afiliación sindical no pueden ser tratados ni almacenados en ficheros. Sólo pueden ser objeto de tratamiento con el consentimiento expreso y por escrito del afectado.
Los datos relativos al origen racial, a la salud y a la vida sexual sólo podrán ser recogidos, tratados y cedidos, si alguna Ley así lo dispone por razones de interés general, o en caso de que el afectado haya consentido expresamente.
Los datos sensibles pueden ser objeto de tratamiento, si resulta necesario para la prevención o para el diagnóstico médico, para la prestación de asistencia sanitaria o de un tratamiento médico o para la gestión de servicios sanitarios, siempre que dicho tratamiento de datos se realice por un profesional sanitario.
También pueden ser tratados estos datos cuando sea necesario para salvaguardar el interés vital del afectado o de otra persona, en el supuesto de que el afectado esté física o jurídicamente incapacitado para prestar su consentimiento.
Los profesionales sanitarios correspondientes podrán proceder al tratamiento de los datos de carácter personal relativos a la salud de las personas que acuden a los centros sanitarios públicos o privados, de acuerdo con la legislación sanitaria, y guardando el deber de secreto, obligación que subsistirá aún después de finalizar su relación asistencial.
CUANDO PUEDEN TRATARSE LOS DATOS PERSONALES.
Los datos personales de un ciudadano sólo pueden tratarse, es decir, recogerse y emplearse, si:
- El interesado ha dado su consentimiento.
- El tratamiento es necesario para el mantenimiento o cumplimiento de un contrato o precontrato de una relación negocial, laboral o administrativa.
- El tratamiento es necesario para proteger un interés vital del interesado o de otra persona, en el supuesto de que el afectado esté física o jurídicamente incapacitado para dar su consentimiento.
- El tratamiento es necesario para cumplir las funciones de las Administraciones Públicas en el ámbito de sus competencias.
- Cuando los datos figuren en fuentes accesibles al público y su tratamiento sea necesario para la satisfacción del interés legítimo del responsable del fichero o de un tercero a quienes se comuniquen los datos.
- Cuando una ley habilite el tratamiento sin requerir el consentimiento inequívoco de su titular.
LEGISLACION SOBRE LA PROTECCION DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL EN EL SALVADOR.
En el Salvador, es hasta en Octubre del año dos mil once que entra en Vigencia la Ley de Regulación de Servicios de Información sobre el Historial de Crédito de las Personas, normativa que regulará a los buró que brindan información de los récords crediticios de la población.
La Ley de Regulación de los servicios de Información sobre el Historial de Crédito de las Personas está dirigida a aquellas personas jurídicas o privadas que tengan autorización para operar como agencias de información de datos y agentes económicos que mantengan o manejen datos sobre el historial de crédito de los consumidores con el objeto de proteger el derecho constitucional a la Intimidad, del cual deviene precisamente el derecho a la protección de los datos personales, a fin de regular el tratamiento automatizado de datos y evitar perjuicios por falsa información, etc, aplicado al tratamiento, manejo, manipulación o cualquier medio de contacto con los datos personales, como la Información sobre el historial de crédito de los consumidores o clientes que conste en una base de datos.
La nueva normativa regula los burós que brindan información crediticia de los ciudadanos, permitiéndoles un mayor acceso a su récord crediticio.
Con la nueva normativa, las oficinas que ofrecen los datos crediticios deberán actualizar sus bases de datos cada mes.
La ley obliga a “actualizar las bases de datos” de los ciudadanos, ponen regulación a las sociedades que administran ese tipo de información y “protege el honor y la intimidad” de las personas.
Se trata de regular las bases de datos del récord crediticio, que es usado por los bancos o casas comerciales, para definir si una persona es sujeta de crédito o establecer en el tipo de categoría que se encuentra en el sistema.
La motivación fue que no existe ninguna normativa que regulara a las entidades que administran bases de datos del historial de crédito. Al moverse en ese vacío, muchas sociedades llamadas “buró de información” y los mismos agentes económicos como bancos y comercios se volvían lentos en actualizar datos y una persona aparecía como “morosa”, cuando ya había cancelado sus deudas.
La ley exige se proteja la intimidad de las personas y que se saque de las bases de datos, información como el estado de salud, religión u orientación política.
Así mismo, la Ley obliga a los agentes económicos a que se actualice las bases de datos de los ciudadanos en los primeros cinco días del mes. También se faculta al ciudadano a acceder a sus bases de datos y exigir a que se corrijan o actualice cuando haya información inexacta.


PRINCIPIOS DE PROTECCION DE DATOS
Los principios de la protección de datos son un conjunto de reglas que indican cómo se debe recoger, tratar y ceder los datos de carácter personal para garantizar la intimidad y demás derechos fundamentales de los ciudadanos.
Dichos principios se encuentran regulados en el artículo 4 de la Ley de Regulación de Servicios de Información sobre el Historial de Crédito de las Personas y constituyen el núcleo central de las obligaciones del responsable del fichero quien debe ser especialmente diligente a la hora aplicar estos principios puesto que su incumplimiento puede dar lugar a importantes sanciones económicas.
Los principios Generales con los cuales se rige la de la Ley de Regulación de Servicios de Información sobre el Historial de Crédito de las Personas son los siguientes:
- Acceso de la Persona Interesada.
- Calidad de los datos,
- Reserva.
- Seguridad de datos.
Por otra parte, el tratamiento de datos de carácter personal ha de realizarse de acuerdo con los siguientes principios:
- Principio de Información
- Principio de Calidad
- Principio de Finalidad
- Principio de Consentimiento
- Principio de Seguridad.
Los datos deben tratarse de manera leal y lícita.
Los datos deben recogerse con fines determinados, explícitos y legítimos.
Los datos deben ser adecuados, pertinentes y no excesivos en relación con el ámbito y los fines para los que se han recogido.
Los datos deben ser exactos y mantenerse actualizados de manera que respondan con veracidad a la situación actual de su titular.
Los responsables deben atender a los interesados que soliciten el acceso a sus datos personales.
Los datos personales sólo deben conservarse durante el tiempo necesario para las finalidades del tratamiento para el que han sido recogidos. Deben ser cancelados cuando hayan dejado de ser necesarios o pertinentes para el fin con que se obtuvieron.
Todo responsable o encargado de un tratamiento tiene que adoptar todas las medidas necesarias para garantizar la seguridad de los datos personales e impedir e impedir cualquier alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado.
RECONOCIMIENTO JURISPRUDENCIAL
El Salvador: en 2004 se reconoció, por primera vez y mediante sentencia de la Corte Suprema de Justicia, como derecho fundamental de todos los salvadoreños la protección de datos o autodeterminación informativa, derivado de un proceso de amparo constitucional que el abogado Boris Rubén Solórzano interpuso contra una empresa dedicada a la recopilación y comercialización de información crediticia, DICOM. Por ahora, la figura del hábeas data sólo puede ser analizada por la misma Corte Suprema de Justicia, al no existir una ley especial que regule la protección de datos en El Salvador. Actualmente el abogado Boris Solórzano es Presidente de la Asociación Salvadoreña para la Protección de Datos e Internet, INDATA de El Salvador.7 El Presidente de INDATA, Lic. Boris Solórzano, presenta el 10 de diciembre de 2007 -Día Internacional de los Derechos Humanos- una demanda en la Corte Suprema de Justicia de El Salvador contra la empresa Infornet S.A. de C.V. por comercializar con 4 millones de datos personales de salvadoreños sin control alguno y sin el consentimiento de los titulares, violentando el derecho a la protección de datos de todos esos salvadoreños, derecho fundamental ya reconocido por la jurisprudencia del mismo tribunal en 2004, volviéndolo un mandato constitucional de obligatorio cumplimiento, derivado del artículo 2 de la Constitución que regula el derecho a la intimidad, solicitando un hábeas data colectivo. En dicha demanda se usó la jurisprudencia Argentina de la Unión de Usuarios versus Citibank, donde se reconoció que una asociación de consumidores estaba legitimada para representar intereses colectivos de los afectados. El 5 de marzo de 2011 la Corte Suprema de Justicia le da la razón a INDATA y condena a Infornet por violar el derecho a la protección de datos o autodeterminación informativa de los salvadoreños que tienen en su base de datos con fines comerciales. Además, le prohíbe vender los datos personales sin el consentimiento del titular de los mismos. Amparo 934-2007. www.csj.gob.sv
DERECHOS DE LOS CONSUMIDORES O CLIENTES.
Toda persona tiene derecho a saber porqué y cómo son tratados sus datos personales y decidir acerca del tratamiento.
El derecho a la protección de datos puede considerarse una condición preventiva para la garantía de otras libertades y derechos fundamentales.
Ley de Regulación de los servicios de Información sobre el Historial de Crédito de las Personas reconoce específicamente a los ciudadanos los siguientes derechos en materia de protección de datos:
Acceso a la información
b) Fidelidad de la información
c) Buen manejo de la información
d) Consentir la recopilación y transmisión de la información
e) Rectificación, modificación y eliminación de la información
f) Indemnización
g) Actualización
El ciudadano tiene derecho a ser informado, en el momento que facilita sus datos personales.
El derecho de consulta permite al ciudadano, conocer de la existencia de un fichero o tratamiento de datos.
El ciudadano puede ejercitar los derechos de acceso, rectificación, modificación y eliminación de sus datos ante el responsable de un fichero o de un tratamiento con el fin de conocer sus datos personales, para solicitar que sean modificados o cancelados, o bien para oponerse a su tratamiento.
Tales derechos pueden ejercerse respecto de cualquier fichero o tratamiento de datos personales, ya sean automatizados o no automatizados.
Los derechos antes mencionados tienen carácter personalísimo, es decir, sólo pueden ejercerse por el titular de los mismos o por su representante legal. No obstante, podrá encomendarse su ejercicio a un representante, siempre que el mismo pueda acreditar suficientemente tal condición, y tienen carácter gratuito.
Estos derechos deben ser respetados por los responsables de los tratamientos de datos personales.
DERECHO DE RECTIFICACIÓN
El artículo 22 de la Ley de Regulación de los servicios de Información sobre el Historial de Crédito de las Personas, reconoce al ciudadano el derecho a dirigirse al responsable de un fichero o tratamiento para que rectifique sus datos personales.
Si un ciudadano contrasta que sus datos personales son inexactos tiene derecho a solicitar su rectificación ante el responsable. La solicitud de rectificación debe indicar el dato que se estima erróneo y la corrección que debe realizarse y debe ir acompañada de la documentación justificativa de la rectificación solicitada.
Este derecho puede ejercitarse cuando el tratamiento contenga datos inexactos o incompletos.
El responsable del fichero o tratamiento tiene el deber de atender el derecho de rectificación en el plazo de cinco días hábiles.
Deberá contestar de forma motivada a la solicitud que se le dirija, con independencia de que figuren o no datos personales del afectado en sus ficheros.
PROCESO SANCIONADOR.
De acuerdo a lo establecido en el artículo seis de la Ley de Regulación de Servicios de Información sobre el Historial de Crédito de las Personas, será la defensoria del Consumidor la entidad encargada de conocer y atender las denuncias o quejas de los consumidores o clientes, y supervisará las prácticas de los agentes económicos y las agencias de información de datos.
CRITICAS A LA LEY DE REGULACION DE SOCIEDADES DE INFORMACION SOBRE EL HISTORIAL DE CREDITO DE LAS PERSONAS.
En el objeto de la ley menciona que se regulará las actividades de los agentes económicos y agentes de información, previamente autorizados por la Superintendencia del Sistema Financiero, excluyendo de dicha regulación todos aquellos proveedores de servicios varios, que de una manera u otra tratan datos personales, como por ejemplo:
· Personas Jurídicas en cuanto al manejo de los ficheros de sus clientes, proveedores y sus empleados.
· Clínicas Médicas que conforman datos personales de las historias clínicas de sus pacientes;
· Hoteles, en cuanto al ficheros de sus huéspedes
· Gimnasios, en cuanto al ficheros de los socios
· Un centro educativo, en cuanto al fichero de los alumnos
Que no obstante lo anterior, ello no limita a los consumidores realizar acciones correspondientes para los procedimientos sancionatorios establecidos en los artículos 6 y 7 de la Ley en estudio.

QUE ES UN SISTEMA OPERATIVO.

¿Que es un sistema operativo? Un sistema operativo ( SO o, frecuentemente, OS —del inglés o perating s ystem —) es el software prin...